PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Qué tipo de productos se pueden encontrar en una feria?
Las ferias se localizan en la ciudad de Montevideo y se puede comercializar únicamente los siguientes rubros de productos:
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Productos hortifrutícolas frescos y/o secos, en su estado natural.
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Productos porcinos y sus derivados; aves y sus derivados cárnicos; y quesos fetados.
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Productos de granja y sus derivados enlatados o envasados no cárnicos; productos panificados envasados; pastas secas y frescas.
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Productos del mar y sus derivados.
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Plantas y flores.
2. ¿Dónde puedo registrarme para ser feriante?
Las inscripciones se realizarán en la Sección Ferias del Area Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio/Ministerio de Economía y Finanzas, durante los días hábiles y en el horario que se indique. El orden de prelación para la elección de ferias resultará de la fecha inscripción respectiva, una vez entregada la documentación exigida y dentro de los plazos que se establezcan en cada caso.
3. ¿Cuáles son los requisitos para solicitar permisos?
a. ser mayor de edad o menores casados.
b. carné de salud expedido por institución habilitada a esos efectos.
c. contraste de balanza realizado por la autoridad pública competente.
d. certificado de buena conducta expedido por el Ministerio del Interior.
e. tres fotos tipo carné.
f. cédula de identidad vigente y fotocopia
g. presentar planilla de inscripción del B.P.S. / D.G.I. (Monotributo) o el último recibo de pago.
h. en el caso de productores, deberán presentar el justificativo que lo acredita como tal.
i. los puestos de venta de pescado, chacinados y productos de granja deberán presentar las correspondientes habilitaciones para el móvil de ventas.
El trámite es totalmente gratuito
4. ¿Se puede participar en más de una feria?
Si. El máximo de ferias que puede tener asignado un feriante es el de seis y una feria por día.
5. ¿Qué hay sobre los periferiantes?
Los vendedores de cualquier artículo o mercadería que no tengan permiso concedido por esta Dirección, deberán instalarse a 100 mts. del principio y/o final de la feria. A tales efectos, el Área Defensa del Consumidor mantendrá dentro del espacio de las ferias los metros libres de puestos que sean necesarios, al principio y/o al final de la misma, con el fin de que el público pueda identificar los límites de la feria alimentaria.
En caso de ubicarse en la feria los Inspectores quedan facultados para exigirles que levanten los puestos con el auxilio de la fuerza pública, quién procederá en consecuencia.